Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 491

 Las firmas consultoras que intervengan en las obras a que hace referencia
el artículo anterior estarán exoneradas del Impuesto al Valor Agregado por
los servicios que presten en relación directa con las referidas obras.
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