Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 484

 Créase en el Inciso 24 "Diversos Créditos", Unidad Ejecutora 002
"Presidencia de la República", el Proyecto de Inversión 995 "Modernización
de Registro e Identificación de las Personas Físicas", a ser ejecutado por
la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en coordinación con los
Ministerios de Salud Pública, de Educación y Cultura y del Interior.

Asígnase a dicho proyecto una partida de $ 2:473.638 (dos millones
cuatrocientos setenta y tres mil seiscientos treinta y ocho pesos
uruguayos) para el Ejercicio 2008, con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas
Generales", como contraparte local de la Cooperación Técnica No
Reembolsable del Fondo Social del Banco Interamericano de Desarrollo
(BID).

Autorízase al Poder Ejecutivo a disponer con cargo a la Cooperación citada
en el inciso precedente, el pago de compensaciones a funcionarios
afectados al Proyecto, a efectos de realizar el control de calidad del
proceso de digitalización.
Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la
presente ley.
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