Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 472

 Las partidas asignadas a la Agencia Nacional de Investigación e
Innovación por el artículo 294 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de
2007, serán incorporadas a la nómina establecida por el artículo 447 de la
Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005. El compromiso de gestión a que
refiere el inciso segundo de la citada norma legal, será suscripto entre
el Ministerio de Educación y Cultura, la Agencia Nacional de Investigación
e Innovación y el Ministerio de Economía y Finanzas.
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