Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 440

 Increméntase en el Inciso 27 "Instituto del Niño y Adolescente del
Uruguay", Financiación 1.1 "Rentas Generales", el crédito presupuestal del
objeto del gasto 289.001 "Cuidado de menores de INAU", en $ 129:300.000
(ciento veintinueve millones trescientos mil pesos uruguayos).

Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la
presente ley.
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