Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 403

 Los funcionarios públicos que al 31 de diciembre de 2007 se encontraban
prestando servicios en régimen de "pase en comisión" en el Inciso 15
"Ministerio de Desarrollo Social", podrán optar por su incorporación
definitiva a dicho organismo cualquiera sea el régimen al amparo del cual
fue dispuesto el referido pase, a cuyos efectos no será de aplicación lo
previsto en el inciso primero del artículo 50 de la Ley Nº 18.172, de 31
de agosto de 2007.
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