Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 375

 Créase en el Inciso 14 "Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial
y Medio Ambiente", Programa 003 "Formulación, Ejecución, Supervisión y
Evaluación de Planes Desarrollo Urbano y Territorial", Unidad Ejecutora
003 "Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial", el Proyecto 716
"Implementación del Ordenamiento Territorial Nacional", Financiación 1.1
"Rentas Generales", con un crédito de $ 2:400.000 (dos millones
cuatrocientos mil pesos uruguayos), a partir de la vigencia de la presente
ley, con el objetivo de implementar acciones para el fortalecimiento de
las capacidades de gestión planificada del territorio nacional
ambientalmente sustentable y con equidad social, mediante la elaboración y
ejecución de los Instrumentos de Ordenamiento Territorial y Desarrollo
Sostenible.
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