El Inciso 14 "Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente", con cargo al Proyecto 705 "Cartera de Inmuebles para Viviendas
de Interés Social", podrá adquirir inmuebles aptos para la construcción de
viviendas y servicios habitacionales a efectos de ejecutar los proyectos y
programas previstos en el Plan Quinquenal de Vivienda y planes anuales.
Se entiende por bienes inmuebles aptos para la construcción de viviendas
de interés social y servicios habitacionales, aquellos que cumplan las
siguientes condiciones:
A) Se localicen en suelo urbano o suburbano de cada departamento,
destinado a tales fines de acuerdo con las disposiciones de los
respectivos instrumentos de ordenamiento territorial y posean
condiciones ambientales adecuadas.
B) Cuenten con los servicios complementarios a la vivienda
imprescindibles, en especial agua potable, energía eléctrica,
acceso o posibilidad de acceso al sistema de saneamiento existente
en la localidad correspondiente.