Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 302

 La Junta Asesora en Materia Económico Financiera del Estado, creada por
disposición del artículo 4º de la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de
1998, pasará a denominarse "Junta de Transparencia y Etica Pública"
(JUTEP).

En el ejercicio de la independencia técnica que le otorga el numeral 8)
del artículo 4º de la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998, en la
redacción dada por el artículo 334 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero
de 2001, la Junta de Transparencia y Etica Pública tendrá la atribución de
dirigirse directamente a cualquier órgano u organismo de los mencionados
en el artículo 1º de la Ley Nº 17.060, de 23 de diciembre de 1998.
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