Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 279

 Asígnanse en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", Unidad
Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", una partida de $ 407.500
(cuatrocientos siete mil quinientos pesos uruguayos) para el Ejercicio
2008, y una de $ 1:630.000 (un millón seiscientos treinta mil pesos
uruguayos) para el Ejercicio 2009, con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas
Generales", para contrataciones zafrales en la Dirección de Educación.

Los importes asignados incluyen aguinaldo y cargas legales.

Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la
presente ley.
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