Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 273

 Facúltase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas a solicitar
información respecto a las pesadas de vehículos comerciales que realicen
las empresas públicas y privadas generadoras o receptoras de carga, con el
fin de facilitar el control del cumplimiento de las normas sobre límites
de peso de vehículos de transporte. El contenido mínimo de dicha
información y su forma de entrega, así como las sanciones por
incumplimiento, serán establecidos por la reglamentación.
Ayuda