Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 264

 El Ministerio de Transporte y Obras Públicas, conforme a las competencias
otorgadas por el artículo 251 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de
2007, llevará el inventario actualizado de obras hidráulicas en álveos
públicos y privados, así como de otras obras que por sus características
puedan afectar los álveos o su uso.
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