Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 229

 Declárase de utilidad pública la expropiación de los inmuebles de
propiedad privada que siendo linderos a las pistas de los aeropuertos del
territorio de la República puedan ser utilizados en la implementación del
Plan Nacional Industrial Aeronáutico. La expropiación se realizará
conforme a lo establecido por los artículos 32, 231 y 232 de la
Constitución de la República.
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