Créase en el Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca",
Unidad Ejecutora 008 "Dirección General Forestal", al amparo de lo
dispuesto por el artículo 21 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996,
un cargo de Especialista VI, Serie Dibujo, Escalafón D "Personal
Especializado", Grado 08.
La presente disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de
la presente ley.