Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 211

 Créanse en el Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca",
Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", dos cargos de
Gerente de Area, Escalafón CO "Conducción", Subescalafón CO3 "Alta
Conducción", Grado 17.

La Contaduría General de la Nación habilitará una partida anual de $
860.738 (ochocientos sesenta mil setecientos treinta y ocho pesos
uruguayos) que incluye aguinaldo y cargas legales, para financiar cada uno
de los cargos mencionados.

Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la
presente ley.
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