Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 178

 La Dirección Nacional de Aduanas, una vez aplicado lo dispuesto por el
artículo precedente, elevará al Ministerio de Economía y Finanzas una
propuesta de modificación de su estructura escalafonaria a efectos de
establecer su grado mínimo, a nivel de escalafón, en el Grado 6. La
propuesta no podrá implicar costo presupuestal, ni lesiones de derechos, y
será aprobada por el Poder Ejecutivo y comunicada a la Asamblea General.
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