Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 14

 Créanse cinco cargos de Gerente de Area, uno para Planificación
Estratégica, dos para Calidad y Gestión del Cambio y dos para el
fortalecimiento de la Dirección General de Secretaría en el Escalafón CO
"Conducción", Subescalafón CO3 "Alta Conducción", Grado 17 en las Unidades
Ejecutoras 001 de los Incisos 06 "Ministerio de Relaciones Exteriores", 07
"Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", 08 "Ministerio de
Industria, Energía y Minería", 11 "Ministerio de Educación y Cultura", 12
"Ministerio de Salud Pública", 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social" y 14 "Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente" y 2 cargos de Gerente de Area en el Escalafón CO "Conducción",
Subescalafón CO3 "Alta Conducción", Grado17 en la Unidad Ejecutora 001
"Secretaría del Ministerio del Interior" del Inciso 04 "Ministerio del
Interior".

La Oficina Nacional del Servicio Civil, la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio
respectivo actuando conjuntamente, diseñarán los perfiles y constituirán
los tribunales de concurso para la ocupación de los cargos mencionados en
el inciso anterior.

La Contaduría General de la Nación habilitará en las unidades ejecutoras
001 de los Incisos detallados, en el grupo 0 "Servicios Personales", una
partida anual de $ 860.738 (ochocientos sesenta mil setecientos treinta y
ocho pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, para
financiar cada uno de los cargos mencionados.

Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la
presente ley.
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