Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 108

 Créase en el Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", Unidad Ejecutora
039 "Dirección Nacional de Meteorología", el Proyecto de Inversión 720
"Adquisición de Equipamiento Informático, de Comunicaciones y de Oficina",
Financiación 1.1 "Rentas Generales", con un crédito de $ 1:726.000 (un
millón setecientos veintiséis mil pesos uruguayos), para el Ejercicio 2008
y una partida anual de $ 500.000 (quinientos mil pesos uruguayos) a partir
del Ejercicio 2009.

Increméntase en la misma unidad ejecutora, el Proyecto de Inversión 719
"Adquisición de Equipos e Instrumental Meteorológico" en la Financiación
1.1 "Rentas Generales", en $ 850.000 (ochocientos cincuenta mil pesos
uruguayos) para el Ejercicio 2008.

Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la
presente ley.
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