Ley 18.362
Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal
correspondiente al Ejercicio 2007.
(2.138*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
SECCION I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1
Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal
correspondiente al Ejercicio 2007, con un resultado deficitario de:
A) $ 7.076:652.000 (siete mil setenta y seis millones seiscientos
cincuenta y dos mil pesos uruguayos) correspondiente a la ejecución
presupuestaria.
B) $ 971:049.000 (novecientos setenta y un millones cuarenta y nueve
mil pesos uruguayos) por concepto de operaciones
extrapresupuestarias, derivadas de la aplicación de normas legales.
Los importes referidos precedentemente surgen de los estados demostrativos
y auxiliares que acompañan a la presente ley como anexo.
Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; RICARDO BERNAL; GONZALO
FERNANDEZ; ALVARO GARCIA; JOSE BAYARDI; MARIA SIMON; VICTOR ROSSI; DANIEL
MARTINEZ; EDUARDO BONOMI; MARIA JULIA MUÑOZ; ERNESTO AGAZZI; HECTOR
LESCANO; CARLOS COLACCE; MARINA ARISMENDI.