Fecha de Publicación: 04/09/2008
Página: 583-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 31

 Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar total o parcialmente al Programa
Amsud-Pasteur, los beneficios fiscales establecidos en relación con la
fundación creada con el "Institut Pasteur" de París, de acuerdo a lo
dispuesto en la Ley Nº 17.792, de 14 de julio de 2004.
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