Ambito objetivo.- El régimen de la presente ley será de aplicación a los
datos personales registrados en cualquier soporte que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos
datos por los ámbitos público o privado.
No será de aplicación a las siguientes bases de datos:
A) A las mantenidas por personas físicas en el ejercicio de
actividades exclusivamente personales o domésticas.
B) Las que tengan por objeto la seguridad pública, la defensa, la
seguridad del Estado y sus actividades en materia penal, investigación
y represión del delito.
C) A las bases de datos creadas y reguladas por leyes especiales.