Fecha de Publicación: 30/06/2008
Página: 642-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 11

 (Programas Nacionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible).- Constituyen Programas Nacionales de Ordenamiento 
Territorial y Desarrollo Sostenible los instrumentos cuyo objetivo 
fundamental será establecer las bases estratégicas y las acciones para la
coordinación y cooperación entre las instituciones públicas en ámbitos 
territoriales concretos o en el marco de sectores específicos de interés 
territorial nacional.

La elaboración de los Programas Nacionales corresponde al Ministerio de
Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA), a través de
la Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial, por sí o mediante la
elaboración conjunta de éste con otros organismos públicos, en el marco
del Comité Nacional de Ordenamiento Territorial y con el asesoramiento de
la Comisión Asesora de Ordenamiento Territorial.

Los Programas Nacionales serán elevados al Poder Ejecutivo para su
aprobación. Tendrán la vigencia y mecanismos de revisión que establezcan.
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