MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Fe de erratas publicada/s: 31/03/2008.
(Otras medidas).- Podrán adoptarse además de las sanciones dispuestas en
los artículos precedentes las siguientes medidas:
A) El precinto, el depósito o la incautación de los productos de
tabaco.
B) Advertir al público de la existencia de las conductas infractoras.
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