Fecha de Publicación: 13/12/2007
Página: 559-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 10

 El Ministerio de Salud Pública promoverá la armonización de los
parámetros de calidad de los bienes, servicios y factores productivos del
área de salud y los mecanismos de control sanitario de los Estados Parte
del MERCOSUR, en el marco del proceso de integración regional.

                               CAPÍTULO II
           INTEGRACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD
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