Fecha de Publicación: 28/11/2007
Página: 398-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 9

 A los efectos de la ley y de las disposiciones complementarias que se
dicten, los términos de la misma se entenderán utilizados en el sentido
definido en el Anexo al presente texto y, los términos no definidos, se
entenderán en el sentido que se les atribuye conforme a las disciplinas
técnicas, científicas y jurídicas referentes en la materia.

                         DISPOSICIONES GENERALES
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