Fecha de Publicación: 28/11/2007
Página: 398-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 12

 Las normas de tránsito vigentes en el territorio de cada departamento,
podrán contener disposiciones no previstas en la presente ley, siempre que
no sean incompatibles con las establecidas en la misma.
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