Fecha de Publicación: 07/09/2007
Página: 464-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 184

 Créase en el Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca",
programa 007 "Dirección General de Desarrollo Rural", unidad ejecutora 007
"Dirección General de Desarrollo Rural", el cargo de particular confianza
"Director General de Desarrollo Rural" incluido en el literal D) del
artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986.
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