Fecha de Publicación: 07/09/2007
Página: 464-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 139

 Aquellos funcionarios militares o civiles equiparados a grado militar que
revistan en el Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", unidad
ejecutora 033 "Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas" y que
integren contingentes militares destinados a Misiones para la Preservación
de la Paz de la Organización de las Naciones Unidas, tendrán derecho a
solicitar la reserva del cargo por un plazo de un año, en los cargos que
ocupen en otros organismos públicos.
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