Fecha de Publicación: 31/10/2006
Página: 181-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 93

 El Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", unidad
ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", podrá atender las
retribuciones complementarias de los funcionarios de la Asesoría de
Estadísticas Agropecuarias que participen en tareas específicas de
encuesta fuera de su lugar habitual de trabajo, de acuerdo a lo que
determine la reglamentación que a tales efectos dicte el Poder Ejecutivo.
Habilítase a estos efectos en el grupo 0 "Servicios Personales",
Financiación 1.2 "Recursos con Afectación Especial", una partida anual de
$ 122.000 (ciento veintidós mil pesos uruguayos).
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