Fecha de Publicación: 31/10/2006
Página: 181-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 141

 Créase en el Poder Judicial, a partir del 1º de enero de 2007, un cargo
de Juez Letrado de Primera Instancia Interior para la ciudad de San
Carlos, en el departamento de Maldonado.
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