Fecha de Publicación: 31/10/2006
Página: 181-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 14

 Asígnanse en el Inciso 14 "Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente", los créditos de los proyectos de inversión
en los montos en moneda nacional, financiación y ejercicios que se
detallan a continuación:
                    FINANCIACIÓN      2007          2008         2009

PROGRAMA 002 -
"FORMULACIÓN,
EJECUCIÓN,
SUPERVISIÓN Y
EVALUACIÓN DE
LOS PLANES
DE VIVIENDA"

 Proyecto 724 -
 "Fomento del
 Sistema Cooperativo
 de  Vivienda"          1.5        125.000.000   125.000.000   125.000.000

 Proyecto 709 -
 "Promoción de
 Microcréditos"         2.1          3.240.000     3.240.000     3.240.000

PROGRAMA 004 -
"FORMULACIÓN,
EJECUCIÓN,
SUPERVISIÓN Y
EVALUACIÓN DE
LOS PLANES DE
PROTECCIÓN DEL
MEDIO AMBIENTE"

 Proyecto 749 -
 "Mejora de
 la Gestión"            2.1         20.000.000    20.000.000    20.000.000

PROGRAMA 005 -
"FORMULACIÓN,
EJECUCIÓN,
SUPERVISIÓN Y
EVALUACIÓN DE
LOS RECURSOS
HÍDRICOS, AGUA
POTABLE Y SANEAMIENTO"
 
 Proyecto 771 -
 "Planes de
 Protección de los
 Recursos Hídricos"     1.1          1.000.000     1.000.000     1.000.000

El Proyecto Nº 724 "Fomento del Sistema Cooperativo de Vivienda", tendrá
por objeto otorgar créditos hipotecarios y subsidios a cooperativas de
vivienda por ayuda mutua para financiar la construcción de viviendas de
las categorías mínima y económica. El referido crédito será disminuido de
los restantes proyectos con la misma fuente de financiamiento. El
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
comunicará, dentro de los treinta días de aprobada la presente ley, a la
Contaduría General de la Nación las modificaciones presupuestales
necesarias a efectos de dar cumplimiento a la presente norma.
El crédito estimado para el proyecto mencionado en el inciso precedente,
se adecuará cuatrimestralmente al monto de los ingresos efectivamente
percibidos a partir del 1º de enero de 2007, por los servicios de
aquellos créditos hipotecarios concedidos a cooperativas de vivienda de
ayuda mutua antes del 31 de diciembre de 2006, por la referida Secretaría
de Estado. A la recaudación anual derivada de esos servicios se le
adicionará el saldo no utilizado del ejercicio anterior por el mismo
concepto.
El Proyecto Nº 771 "Planes de Protección de los Recursos Hídricos" se
financiará exclusivamente mediante transposiciones de créditos de
proyectos de inversión del Inciso con la misma fuente de financiamiento.
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