Fecha de Publicación: 31/10/2006
Página: 181-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 116

 Derógase el artículo 140 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de
1990, con las modificaciones introducidas por el artículo 119 de la Ley
Nº 16.736, de 5 de enero de 1996.

                                SECCION V
                           DISPOSICIONES VARIAS
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