Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 96

 Modifícase el inciso primero del artículo 146 de la Ley Nº 16.170, de 28
de diciembre de 1990, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 146.- Establécese una única circunscripción nacional para el
ascenso a los grados 11 al 14 del Subescalafón Ejecutivo, así como una
única circunscripción nacional para la determinación del destino de los
titulares de los grados 10 al 14. Se exceptúa en la determinación del
destino de los titulares de los grados 10, aquellos pertenecientes a las
unidades especializadas de la Policía Nacional".
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