CONSEJO DE MINISTROS
Transfórmase el cargo de Director de Comunicación Social de la Presidencia de la República, comprendido en el literal D) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, en un cargo de Director del Area de Comunicación de la Presidencia de la República, el que estará comprendido en el literal C) de la misma disposición.Ayuda