Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 464

  Declárase por vía interpretativa que el artículo 21 del Código
Tributario no ha derogado lo dispuesto por el artículo 357 del
Decreto-Ley Nº 14.252, de 22 de agosto de 1974, con la modificación
establecida por el artículo 346 del Decreto-Ley Nº 14.416, de 28 de
agosto de 1975 (actual artículo 59 del Título 4 del Texto Ordenado
1996).
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