Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 450

 Asígnanse a los Incisos del Presupuesto Nacional que se mencionan, las
siguientes partidas anuales con destino a las instituciones y organismos
que se detallan:

Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional"                           $
Instituto Histórico y Geográfico                                   36.008
Instituto Antártico Uruguayo                                   19.003.500
Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca"             $
Movimiento de la Juventud Agraria                               1.116.900
Instituto Plan Agropecuario - Retribuciones                    14.422.329
Instituto Plan Agropecuario - Gastos Funcionamiento             5.095.501
Inciso 08 "Ministerio de Industria, Energía y Minería"               $
Comité Nacional de Calidad                                      3.695.125
Organismo Uruguayo de Acreditación                                245.356
Inciso 09 "Ministerio de Turismo y Deporte"                          $
Comité Olímpico Uruguayo                                          144.034
Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura"                        $
Comisión del Fondo Nacional de Teatro                             742.403
Consejo de Capacitación Profesional                             2.638.555
Programa de Desarrollo de Ciencias Básicas                     17.000.000
Academia Nacional de Letras                                       439.483
Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública"                              $
Comisión Honoraria de Salud Cardiovascular                      2.016.477
Comisión Honoraria para la Lucha Antituberculosa
y Enfermedades Prevalentes                                     93.000.000
Patronato del Sicópata                                          2.160.511
Inciso 14 "Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente"                                        $
Comisión Honoraria Pro-Erradicación de
la Vivienda Rural Insalubre                                     3.385.592

Las citadas partidas estarán condicionadas, a partir del año 2007 en
adelante, a la suscripción de un compromiso de gestión entre el
respectivo Ministerio y cada una de las instituciones u organismos de
referencia. De la evaluación del cumplimiento de las pautas establecidas
en dicho compromiso se dará cuenta al Ministerio de Economía y Finanzas y
a la Asamblea General.
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