Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 447

 Fíjanse las siguientes partidas anuales por el período 2006 - 2009, para
los organismos que se detallan:
ORGANISMO                                               PARTIDA
                                                        (en $)
Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea            17.000.000
Administración Nacional de Correos                      236.600.000
Administración de Ferrocarriles del Estado               48.000.000
Administración de Ferrocarriles del Estado -
Servicio de Deuda.                                       28.000.000
Delegación Uruguaya de la Comisión
Técnica-Mixta de Salto Grande                           149.000.000
Las citadas partidas estarán condicionadas a la suscripción de un
compromiso anual de gestión entre el respectivo Ministerio, la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y el Ministerio de Economía y Finanzas. De la
evaluación conjunta del cumplimiento de las pautas establecidas en dicho
compromiso se dará cuenta a la Asamblea General en oportunidad de cada
Rendición de Cuentas.
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