Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 352

 Declárase de utilidad pública la expropiación total del inmueble
empadronado en el departamento de Montevideo con el Nº 182.064, con
destino a la regularización de la villa Roberto Farré.
Declárase asimismo de utilidad pública la expropiación total o parcial de
los inmuebles empadronados con los Nos. 183.948 y 416.752 del
departamento de Montevideo, con destino a la apertura de aquellas calles
que fuesen necesarias a causa de la regularización de la villa Roberto
Farré.
Declárase de utilidad pública la expropiación total del inmueble
empadronado en el departamento de Montevideo con el Nº 105.004, con
destino a la regularización del barrio Nuevo de San Luis.
Dichas expropiaciones serán dispuestas por la Intendencia Municipal de
Montevideo y se regirán por las normas de la Ley Nº 3.958, de 28 de marzo
de 1912, y el Decreto-Ley Nº 10.247, de 15 de octubre de 1942, en cuanto
las mismas no resulten modificadas por la presente ley.
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