Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 339

 Autorízase al Poder Ejecutivo a reducir temporalmente las tasas del
impuesto creado por el artículo 25 del Decreto-Ley Nº 15.294, de 23 de
junio de 1982, a las jubilaciones y pensiones servidas por el Banco de
Previsión Social, menores a 12 Bases de Prestaciones y Contribuciones,
con destino al Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización, así como la
compensación con cargo al producido de dicho tributo y con destino al
referido Fondo, establecida en el artículo 1º de la Ley Nº 17.706, de 4
de noviembre de 2003.
El Poder Ejecutivo dará cuenta de su uso a la Asamblea General.
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