CONSEJO DE MINISTROS
El Poder Ejecutivo en acuerdo de Consejo de Ministros, dispondrá la reasignación de competencias, recursos humanos, materiales y créditos presupuestales a efectos de viabilizar lo dispuesto en el artículo 327 de la presente ley, evitando la multiplicidad de actores estatales involucrados y las competencias concurrentes.Ayuda