Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 301

 Asígnase al Centro de Información y Referencia Nacional de la Red Drogas
una partida anual de $ 3.375.525 (tres millones trescientos setenta y
cinco mil quinientos veinticinco pesos uruguayos).
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