Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 282

 Suprímense en la unidad ejecutora 070 "Dirección General de la Salud",
Programa 003, las siguientes funciones de Alta Prioridad: un Coordinador
de Regionales de Salud, seis Directores Regionales, dos Adjuntos
Dirección General de la Salud, dos Asesores Técnicos Dirección General de
la Salud, siete Directores de Departamento Dirección General de la Salud;
y créanse en la misma unidad ejecutora, diecinueve cargos de Directores
Departamentales de Salud, los que estarán comprendidos en el literal E)
del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986.
Ayuda