Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 281

 Autorízase a la unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría"
del Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública", a recaudar por concepto de
ingreso de la "Venta de libros y publicaciones en general" en la
Financiación 1.2 "Recursos con Afectación Especial".
El 100% (cien por ciento) del producido de la venta podrá ser utilizado
con destino a la financiación de las citadas publicaciones.
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