Modifícase el literal E) del artículo 233 de la Ley Nº 16.170, de 28 de
diciembre de 1990, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"E) Actos relativos a la documentación de viaje de las personas:
Nº 30 Expedir pasaporte.
Nº 31 Expedir documento válido por un viaje.
N° 32 Renovar pasaporte o Título de Identidad y de Viaje.
Nº 33 Visar pasaporte o pasaporte colectivo.
Nº 34 Expedir visa de carácter permanente.
Nº 35 Expedición o legalización de permiso de menor.
Nº 36 Por toda actuación no mencionada y relacionada con
esta Sección".