Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 149

 Modifícase el literal E) del artículo 233 de la Ley Nº 16.170, de 28 de
diciembre de 1990, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"E)     Actos relativos a la documentación de viaje de las personas:
        Nº     30     Expedir pasaporte.
        Nº     31     Expedir documento válido por un viaje.
        N°     32     Renovar pasaporte o Título de Identidad y de Viaje.
        Nº     33     Visar pasaporte o pasaporte colectivo.
        Nº     34     Expedir visa de carácter permanente.
        Nº     35     Expedición o legalización de permiso de menor.
        Nº     36     Por toda actuación no mencionada y relacionada con
                       esta Sección".
Ayuda