CONSEJO DE MINISTROS
El pase en comisión de los funcionarios que, a la fecha de vigencia de la presente ley, estuvieran desempeñando tareas en dicho régimen y no cumplieran con el requisito de antigüedad establecido en el artículo 13 de la presente ley, con excepción de aquellos que hubieran ingresado por concurso o sorteo, caducará en un plazo de sesenta días a partir de dicha fecha.Ayuda