Fecha de Publicación: 19/09/2002
Página: 756-A
Carilla: 10

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 44

 El Poder Ejecutivo, con el asesoramiento preceptivo de la Oficina 
Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación, 
deberá someter a la consideración del Poder Legislativo, un proyecto de 
ley destinado a racionalizar y adecuar la estructura escalafonaria y 
salarial de los Incisos de la Administración Central, entes autónomos y 
servicios descentralizados.
Ayuda