Fecha de Publicación: 19/09/2002
Página: 756-A
Carilla: 10

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 35

 (Provisoriato).- Durante el término de los tres primeros meses del 
contrato, se podrá poner fin a la relación contractual por voluntad 
unilateral de la Administración, no generando derecho a indemnización 
alguna.
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