Fecha de Publicación: 19/09/2002
Página: 756-A
Carilla: 10

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 114

 Dispónese la reducción de los egresos totales del área del Comercio 
Exterior de la "Dirección General de Comercio", unidad ejecutora 014, 
programa 014 "Coordinación del Comercio", del Inciso 05 "Ministerio de 
Economía y Finanzas", por los servicios prestados en el exterior, en al 
menos un 30% (treinta por ciento), respecto a la situación vigente al 30 
de junio de 2001, en un plazo máximo de un año a partir de la vigencia de 
la presente ley.
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