El Instituto Nacional del Menor (INAME) podrá, regularizar, previa
realización de una prueba de oposición y méritos, a las Cuidadoras de
Hospital, que tengan como mínimo 4 años de antigüedad en el Instituto, en
una función contratada de Instructor III Hogar Serie Educación del Menor,
Escalafón D, Grado 03. La presente regularización no tendrá costo de
caja.
El Instituto reglamentará la aplicación del presente artículo, en un
plazo no mayor de 120 días, a partir de la vigencia de la presente ley.
SECCION VII
RECURSOS
CAPITULO I
NORMAS TRIBUTARIAS