Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 373

 Decláranse comprendidos en las exoneraciones previstas por el artículo 
23 de la Ley Nº 15.800, de 17 de enero de 1986, los aportes patronales 
que debiera realizar el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social con 
relación a las sumas provenientes del Fondo de Participación creado por 
el artículo 567 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la 
redacción dada por el artículo 439 de la Ley Nº 16.320, de 1º de 
noviembre de 1992.
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