Fecha de Publicación: 23/02/2001
Página: 914-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 231

 Derógase el monopolio que el Artículo 1º de la Ley Nº 8.764, de 15 de 
octubre de 1931, estableció, en cuanto refiere a la importación y venta 
del asfalto y sus derivados.
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